Más de 2,000 MYPE ya utilizan factura electrónica y reducen costos en 30%

Más de 2,000 MYPE ya utilizan factura electrónica y reducen costos en 30%
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3 Junio, 2011 - 17:32

Más de 2,000 micro y pequeñas empresas (MYPE) ya utilizan la factura electrónica como herramienta que facilita el cumplimento de sus obligaciones tributarias. Desde su implementación en julio del año pasado, la factura electrónica MYPE se viene consolidando entre los contribuyentes como un servicio virtual que reduce el tiempo y el costo en sus transacciones comerciales, informó la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).

Esta herramienta electrónica está dirigida a los emprendedores que se encuentran en el Régimen Especial de Renta (RER) o Régimen General (RG) y que tienen un ingreso anual igual o menor a 1,700 Unidades Impositivas Tributarias (S/.6.12 millones). Además, deben tener la condición de domicilio fiscal habido (verificado por la Sunat) y no encontrarse en suspensión temporal de actividades o de baja.

Para poder emitir facturas en forma electrónica, el contribuyente debe afiliarse al Sistema de Emisión Electrónica (SEE) a través de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) e ingresar al módulo Sunat Operaciones en Línea (SOL) con su Clave SOL, contraseña que se puede obtener de manera gratuita en los Centros de Servicios al Contribuyentes ubicados en todo el país.

Una de las principales ventajas de este nuevo servicio es que elimina la impresión de las facturas físicas ya que ahora todo se registrará electrónicamente y podrá ser enviado en sólo instantes a su cliente, lo que significa una reducción de costos de aproximadamente 30%. El contribuyente puede consultar o descargar en cualquier momento los comprobantes generados de forma electrónica y esta opción estará disponible tanto para el emisor como el receptor de la factura.

Otra característica de este producto es que los contribuyentes afiliados podrán acogerse al cronograma de vencimientos correspondientes al Régimen de Buenos Contribuyentes, que brinda más flexibilidad (mayor plazo) para la presentación y pago de las declaraciones juradas mensuales.
 
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